EL Finiquito de Trabajo

No firmes sin antes leer esta importante información.

Javier Yarves

12/16/20232 min read

Requisitos, contenido y cuando firmar.

Antes de todo, es importante saber que el finiquito de trabajo es la manera legal de poner término a la relación laboral entre un empleador y un trabajador, a través de un documento en caso de despido.

¿Qué debe contener el documento?

  • Causa de despido que justifique el término de la relación laboral.

  • Monto a pagar por indemnizaciones; sustitutiva del previo aviso, vacaciones proporcionales e indemnización por años de servicios en caso de que corresponda.

  • Acreditar cotizaciones pagadas hasta el último día del mes anterior al despido. (Isapre, Fonasa, Afp y Afc)

¿Cuál es el plazo para pagar el finiquito?

El plazo según el Código del Trabajo es de 10 días hábiles, contando a partir de la carta de aviso de despido, considerando tanto la redacción de la misma y la firma ante notario o ministro de fe de la Dirección de trabajo junto con su pago.

Si el empleador no cumple con el plazo mencionado, usted deberá en primera instancia, interponer un reclamo contra su empleador en la Inspección del Trabajo, donde se le citará para una conciliación con el fin de llegar a un acuerdo con el o pague y así evitar multas.

¿Cómo pruebo que las cotizaciones están pagadas?

“El empleador deberá acreditar el pago de las cotizaciones previsionales. Esto se hará mediante certificados otorgados por previred o con las copias de las respectivas planillas de pago.”
En caso de que no esté de acuerdo con lo estipulado en su finiquito del trabajo, usted tiene derecho a no firmar.
“Si no firmas, tendrás que interponer dentro del plazo, las demandas
correspondientes. Generalmente son 60 días hábiles, con suspensión del plazo mientras dure el reclamo ante la inspección del trabajo, con tope máximo de 90 días. El día hábil judicial cuenta días sábados, es decir, solo descuenta feriados y domingo.”

Renuncia Voluntaria

En caso de renuncia voluntaria, junto con tu carta de renuncia puedes hacer una propuesta de finiquito. Lo mismo en caso de autodespido. Sin embargo, la propuesta no obliga al empleador. En caso de disconformidad, se debe hacer reserva de derechos, reclamar en la Inspección del Trabajo, y, si no se llega a acuerdo, demandar.

Es importante siempre guardar el contrato de trabajo, ya que si el finiquito tiene condiciones con las que no está de acuerdo y no están estipuladas en el contrato de trabajo que firmó inicialmente, siempre tendrá el derecho de no firmar. Y dado el caso, u otra situación usted puede asistir a la inspección del trabajo con su contrato de trabajo, carta de despido, liquidaciones, cotizaciones y todo aquel documento importante que respalde su reclamo o dudas para que reciba la información necesaria respecto a los pasos a seguir en caso de demandas, conciliación, etc.